Año 2010: Alegación al Plan General del ayuntamiento de Donostia de 2010

Cuando los trabajos de redacción de un nuevo Plan general estén lo suficientemente avanzados se expondrán al público los criterios, objetivos y soluciones generales para que la población pueda presentar sugerencias y alternativas. Es así como la legislación del suelo define lo que es un Avance de Plan General, documento ante el que nos encontramos los ciudadanos donostiarras, después de ochos años de vigencia del anterior Plan General, y que supone,  por lo tanto, el inicio del proceso de revisión y formulación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad, que regirá el desarrollo urbanístico de Donostia durante los siguientes ocho años, contados desde su aprobación definitiva.

El documento de Avance ante el que nos encontramos, de importante envergadura, es una ida y venida constante entre tres elementos diferentes pero íntimamente ligados: el análisis del Plan General del 95, los objetivos y criterios para el nuevo Plan y las propuestas concretas. Como el contenido del Avance es, por definición legal, el conjunto de criterios y objetivos que han de dirigir el nuevo plan, vamos a centrarnos primeramente en  identificar los objetivos y criterios que se recogen en el Avance y que nos parecen más dignos de ser resaltados.

Objetivos y criterios del Avance del PGOU de Donostia (doc. fechado en octubre de 2004).

PRIMERO.- OBJETIVOS Y CRITERIOS: SIGNIFICADO.

Vaya por delante la definición común de ambos términos. Entendemos por objetivo el fin u objeto que perseguimos con una acción concreta y por criterio la pauta de funcionamiento o actuación que abstractamente ha de regir la toma de decisiones. A continuación, hemos de añadir que es la vía de los Tribunales la que permite acercarse a la fase en la que nos encontramos.

«La exposición al público prevista en el artículo 125.1 del Reglamento de Planeamiento actúa cuando el planificador no ha mostrado todavía preferencia sobre ninguna de las opciones posibles, enriqueciendo los trabajos preparatorios con las sugerencias que los ciudadanos puedan adoptar, mientras que el trámite de información pública (posterior a la aprobación inicial) se proyecta sobre una decisión ya inicialmente adoptada».

«En esta fase no se trata propiamente de la defensa de los intereses particulares afectados sino de hacer efectivo el derecho de participación ciudadana reconocido en el artículo 4.2 del Texto Refundido de la Ley del Suelo que tiene en el citado artículo 125 RP una expresión distinta de la que se reconoce en el trámite de información pública abierto cuando la voluntad de la Administración se ha manifestado en la aprobación inicial del plan».

El fin propuesto con este trámite es el de la elaboración de las Normas con la más amplia participación ciudadana.

            Recogemos en los entrecomillados una doctrina del Tribunal Supremo, Sala Tercera, iniciada en Sentencia de 15 de enero de 2000 y posteriormente repetida, por ejemplo en Sentencia de la misma Sala de 23 de enero de 2003.

            Esta última sentencia añade además las consecuencias prácticas de distinguir el verdadero significado del trámite de sugerencias al Avance, lo que nos permite acercarnos más a su sentido y contenido.

            «… juega con más intensidad la exigencia del trámite de sugerencias previas, dado que no hay término hábil para suponer que una sugerencia del promotor es mejor, o más fundada, o más acorde con el interés urbanístico que cualesquiera de las sugerencias que los ciudadanos puedan hacer, y no parece lógico que el Ayuntamiento asuma sin más el proyecto de un particular en cuyo ánimo puede estar quizá más el propio beneficio que el interés público, lo que sólo puede calibrarse debidamente examinando otras sugerencias».

SEGUNDO.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DEL AVANCE.

– Generales –

  • Al mismo tiempo que se defina la ciudad a futuro, necesidad de hacer frente a los problemas inmediatos gestionando sin solución de continuidad los expedientes en marcha y las modificaciones del anterior PG.
  • Que la metodología utilizada permita la formulación de diversas alternativas posibles como método más eficaz de incentivar el debate.
  • Ciudad al servicio de los ciudadanos, sin marginaciones.
  • Planteamiento desde una triple escala: de comarca, de ciudad y de barrio.

® Propuestas regidas por el criterio de la sostenibilidad, a todas la escalas. Destacamos:

  • La racionalización del consumo del suelo: tendencia a una ciudad compacta, compleja, diversificada y viva.
  • El traslado tanto de instalaciones y equipamiento determinados como de actividades industriales incompatibles porque la ciudad necesita esos emplazamientos.
  • La complejidad y diversidad cuantitativa y cualitativa, social y funcional, «incentivando la convivencia de lo diferente».
  • Evitar la excesiva «residencialización» de ciertas áreas debido a la presión de la demanda de vivienda.
  • Tendencia a la reducción de las necesidades cotidianas de movilidad.
  • Dotaciones públicas de calidad.
  • Sostenibilidad vertical, horizontal y transversal: agua, ruido, residuos, energía, …

– Sectoriales –

® Medio rural:

+ Puesta en valor del medio físico-natural-rural.

+ Preservación del valor agrícola del suelo.

+ Evaluación de alternativas posibles.

® Vivienda:

Por su interés distinguiremos objetivos y criterios:

  • Objetivos:

+ Vivienda vacía al mercado.

+ Cohesión social de la ciudad.

+ Cuantificación en base a los estudios de población teniendo en cuenta la variación de población previsible, la disminución del tamaño familiar.

+ Oferta en los porcentajes adecuados para dar respuesta a la demanda.

+ Viabilidad y equilibrio financiero de las operaciones.

+ Obtención de plusvalías para financiar la ciudad proyectada.

  • Criterios:

+ reconsideración del tamaño medio familiar,

+ reconsideración de los tamaños medio y mínimo de las viviendas,

+ reconsideración de tipologías,

+ reconsideración de mecanismos de titularidad.

+ sobre territorialización: priorización de la ocupación de la malla urbana.

® Actividades económicas:

+ Llamamos la atención por su importancia sobre la «mixtura» de usos que se propugna. Se trata de la técnica radicalmente opuesta a la de la zonificación, totalmente generalizada a lo largo de décadas y que ha hecho de nuestras ciudades un conjunto de zonas de uso especializado (se duerme en una zona, pero se compra en la zona comercial y se trabaja en el polígono). Se entiende que es absolutamente imprescindible alterar aquella práctica y mezclar usos para paliar lo que se consideran nefastas consecuencias de la política de zonificación: la movilidad obligatoria, el colapso de las carreteras, la ciudad desequilibrada y el gran coste social del modo de vida que conlleva.

® Espacios libres:

+ El objetivo es el de cumplir, como en el PG 95, el estándar legal de espacios libres, consolidando y completando las propuestas.

+ Como criterio puede identificarse el de que, en determinados barrios con problemas de infradotación, las nuevas operaciones propuestas y los nuevos espacios ordenados han de servir para suplir aquellos déficits y colmar las necesidades de la población en su conjunto.

® Equipamientos:

+ Puede repetirse lo planteado para los espacios libres, es decir, como objetivo se plantea el cumplimiento de los standares legales y como criterio que los nuevos equipamientos incorporados a las nuevas operaciones sirvan para una reconsideración global de los tejidos ya consolidados.

TERCERO.- REFLEXIONES EN TORNO A LOS OBJETIVOS Y CRITERIOS.

Con un nivel de objetivos altamente abstracto, aunque en gran parte compartible por cualquiera, el Avance da un salto en el vacío pues plantea en el propio documento lo que en realidad se busca con este plan: las propuestas de crecimiento concretas con su ubicación definida. Es decir, la formulación de objetivos y criterios parece llevar de manera natural e inevitable a afirmar, aunque sea hecho a modo de ejemplo, la corrección y coherencia de los nuevos polígonos y operaciones urbanísticas que componen el nivel propositivo del plan y que, además, no son ninguna novedad pues o bien han sido redactadas como modificación puntual del anterior PG, sin que hayan llegado a tramitarse, o bien han sido dadas a conocer como pretensiones de la Alcaldía desde hace tiempo a través de los medios de comunicación. En esta situación encontramos la justificación de las grandes operaciones de vivienda en Auidtz-Akular, Antondegi y el hipódromo de Zubieta, los traslados de instalaciones diversas (carcel, cuarteles, comisarías, hípica…) y la recalificación de áreas industriales como Lardi Alde, Jolastokieta, Papín, Herrera , Añorga Geltokia, El Infierno, etc. etc.

 Entendemos que el Avance, además de entrar en una fase propositiva con un detalle que excede con creces a su propio objeto, no cumple con lo que debiera haber sido su contenido, que no es otro que la definición de objetivos y criterios de manera que puedan ser debatidos por la población y objeto de otras alternativas y sugerencias.

  • La ausencia de algunos criterios básicos.

En definitiva, lo que venimos a decir es que el Avance no recoge criterios ya que de los objetivos pasa, salvo contadas excepciones, a formular las propuestas de ordenación concretas referidas a áreas determinadas, es decir, territorializadas, para utilizar terminología del propio Avance.

El objetivo prioritario de todo el Plan consiste en la necesidad de edificar vivienda protegida con objeto de dar respuesta a la demanda acumulada en la ciudad que alcanza más de 10.000 solicitudes. Se dice con toda claridad que ello se debe a que el 85 % de la población donostiarra no puede acceder a una vivienda en el mercado libre.

Pues bien, el salto en el vacío lleva a los redactores del avance a justificar las operaciones que vienen siendo vox populi desde hace unos años. De esa manera, se prevé la nueva edificación de entre 17.828 y 21.080 nuevas viviendas, según la alternativa, ordenando suelo a tal fin.

Pero ¿cuáles son los criterios de territorialización de esas nuevas viviendas?. Como venimos diciendo, hemos pasado de unos objetivos abstractos a unas propuestas concretas sin solución de continuidad. Y el resultado es que, por ejemplo, las dos terceras partes de esa oferta se concentran en tres barrios: Altza, Loiola y Zubieta.

Aquí es donde echamos claramente en falta la verdadera función del avance: el debate de los criterios como paso intermedio entre los objetivos y las propuestas concretas. Porque en realidad ni tan siquiera se menciona que se haya optado por las grandes concentraciones de nueva población, no se ha establecido que eso sea un criterio y así se ha disimulado su propia existencia.

  • Reivindicamos un criterio de territorialización de operaciones residenciales protegidas equilibrado, que persiga y dé prioridad, en la medida de lo posible, a responder a la demanda allí donde se produce, repartida por la ciudad, sin que por ello se incumpla la directriz de ocupación prioritaria de la malla urbana existente sino todo lo contrario. Rechazamos, como criterio, la política de áreas de ensanche, hoy en día denostada por la práctica urbanística.

Para continuar con el tema de la vivienda, hemos de resaltar que este Plan realiza una oferta de vivienda basada fundamentalmente en el aspecto cuantitativo, casi numérico, sobre el resultado de disminuir el tamaño familiar por un lado y la superficie media y mínima de las viviendas. Se echa francamente de menos otro tipo de análisis más crítico con la evolución de la oferta del anterior Plan sobre todo a la vista de que existen más de 8.000 viviendas sin edificar, 3.000 de ellas protegidas, o de que en los años 1999 y 2001 no se haya sido capaz de dar licencia para una sola vivienda protegida. Y pese a todo, hay que tener en cuenta que para ser éste nuevo Plan un documento que expresamente dice evitar el sobredimensionamiento y que está regido por criterios de desarrollo sostenible lanza una oferta de vivienda total (alrededor de 20.000 viviendas) superior a la que hizo el PG de 1995, que no llegaba a 15.000.

  • No compartimos que el criterio de desarrollo sostenible permita una oferta de nueva vivienda derivada de las puras conclusiones matemáticas sin el más mínimo contraste con la realidad. Por no contrastar no se recoge tan siquiera qué número de viviendas están poniendo en el mercado los municipios limítrofes que se han adelantado en la formulación del Plan General. Veámoslo:

+ Andoain:

+ Hernani:

+ Lasarte:

+ Irun: 5.632 viv.

+ Lezo:

+ Pasaia:

+ Renteria: 2.727 viv.

+ Usurbil: 1.100 viv.

+ Astigarraga: 754 viv.

Otra cuestión curiosa es la de la vivienda vacía. Después de marcar su puesta en el mercado como objetivo de primera línea se prescinde total y absolutamente de fijar criterios, porque parece ser que no es objeto del PG. La verdad es que este Avance recoge más de un apartado que no debiera ser su objeto, sin mayores complejos. Véase la propuesta de trazado de la nueva red ferroviaria de alta velocidad, cuando ya existe todo un Plan Territorial Sectorial definitivamente aprobado, o el último apartado sobre valoración del proyecto de nueva Ley del Suelo, apartados ambos fuera de lugar en un Avance, a todas luces, pero positivos quizás en su formulación. Por ello llama aún más la atención, si cabe, la renuncia a plantear criterios, cuando menos numéricos, en torno al objetivo de puesta en el mercado de vivienda vacía.

–      Realmente poca confianza debe tenerse en el programa de vivienda vacía pues la cifra de futura demanda coincide con la de vivienda nueva ofertada. Es decir, como si ninguna de esas necesidades de vivienda fuera a ser cubierta a través del programa de vivienda vacía y la única actuación posible consistiese en construir nueva vivienda.

Pasemos a hablar sobre el único criterio de territorialización de nueva vivienda que se encuentra en el Avance, el de priorizar la ocupación de la malla urbana. En un documento sobre análisis del nivel de ejecución del anterior PG que fue redactado por los propios técnicos redactores del Plan General, se llamaba la atención sobre el agotamiento de los suelos llanos de la ciudad y la necesidad de un debate sobre el paso a la ocupación de laderas y lomas de la ciudad. Aquel fue un punto de inflexión interesante que hubiera merecido ser socializado porque para nuestra sorpresa la ocupación de laderas y lomas en este Avance es una cuestión ya resuelta que además se excuda en su consideración de malla urbana.

  • No aceptamos la definición de grandes áreas de suelo rural como malla urbana de manera unilateral, sin debate previo, porque además es en la práctica totalmente contrario a otros objetivos, como la preservación del medio natural y la potenciación de las actividades agrícolas. El medio rural hoy confinado a las laderas y lomas que circundan la ciudad se verá relegado a las islas de parques y zonas objeto de protección especial si se le incluye en la malla urbana como si de zonas urbanizadas se tratara.

La necesidad de vivienda como condicionante que planea sobre todas y cada una de las páginas del Avance ha permitido crear el concepto de «necesidad de la ciudad». Independientemente de la bondad del término, que luego pondremos en cuestión, es difícil de ignorar las contradicciones a las que lleva. Una de las mayores se produce de la mano de la política de traslados para una mayor optimización y rentabilización del suelo ocupado.

  • Las contradicciones que provoca la política de traslados.

1.- Recalificación de suelo industrial contra mixtura de usos.

Creemos que existe una flagrante contradicción entre el criterio de la mixtura de usos que se propugna, y que consideramos realmente acertado, y la generalizada práctica de recalificación de áreas industriales a residenciales. Cuando la mixtura de usos lleva a fijar unos porcentajes de presencia de suelo para actividades económicas en las futuras áreas residenciales, resulta que Nerecan, Jolastokieta, Papin, Herrera, Rutilita (ya realizado), Igara, El Infierno, Torrua Zar, Antzita, Mateo Gaina, Gomistegi, Contadores, Txingurri, Luzuriaga y otras son recalificadas para que su uso sea exclusivamente el residencial. Precisamente estas áreas son las pocas que, pese a la práctica zonificadora de las décadas anteriores, han llegado hasta nuestros días manteniendo la mínima mezcla de usos que queda en Donostia.

  • Consideramos una burda contradicción entre filosofía y propuestas  esta práctica de recalificación de las áreas industriales, intrincadas en la ciudad, solo justificable por las ricas plusvalías que producirá a los propietarios del suelo. Supone la contradicción no solo con el criterio de mixtura de usos sino también con el objetivo general marcado en el Avance de evitar la excesiva «residencialización» debido precisamente a las recalificaciones sistemáticas.
  • Como consecuencia también se compromete el objetivo de disminución de la movilidad forzosa debido a que la desaparición del tejido industrial existente no puede traer consigo más que el desplazamiento de quienes durante años han vivido al lado de su lugar de trabajo.
  • Además es fácilmente desmontable la excusa de la incompatibilidad de esos usos industriales con el residencial. Que determinadas industrias sean incompatibles solo debe conllevar el cambio de actividad por otras no contaminantes o molestas, lo cual no tiene nada que ver con tener que modificar su uso a residencial.
  • De hecho, regirse por criterios de sostenibilidad lo que exigiría son medidas de mantenimiento y ordenación de las áreas que actualmente reúnen usos mixtos y no su desaparición indiscriminada.

2.- Los traslados de ciertos equipamientos: ¿es que la ciudad no «necesita» una cárcel?

Como ocurre con el resto de equipamientos, no existen criterios de territorialización. Ello es especialmente grave en el caso de un equipamiento como la cárcel y hace, en consecuencia, inadmisible la propuesta de su traslado al área de Eskuzaitzeta, en Zubieta, por más de un motivo. Resaltaremos los siguientes:

  1. La cárcel es un equipamiento de obligado, y desgraciado, uso para los reclusos, sus familias y amigos. Aunque estemos de acuerdo en que el objetivo más deseable para una gran parte de la población sería su desaparición, aquí y ahora, lo inadmisible es que se plantee su traslado en base a que la ciudad “necesita” de esos terrenos para dar respuesta a la necesidad de vivienda. ¿Acaso no “necesita” parte de la población que esa instalación tenga un emplazamiento adecuado, humanizado y bien comunicado?.  La política de expulsar este tipo de instalaciones de los centros urbanos ha sido muy utilizada, pero con tristes resultados de todos conocidos, pensemos en Alcalá o Herrera en el estado español. No debe escapar a nadie lo antisocial de esta medida y el objetivo que persigue: rentabilizar al máximo los terrenos que han alcanzado una nueva centralidad en Martutene y alejar de nuestra hipócrita vista una realidad desagradable.
  2. El traslado se pretende al área de Eskuzaitzeta en Zubieta. Se trata de una zona de monte, totalmente virgen, donde también se propone reubicar otras instalaciones que molestan en la malla urbana que este plan pretende urbanizar para ubicar importantísimos aprovechamientos urbanísticos (en total en Eskuzaitzeta se urbanizarían 85 hectáreas).

En el caso de la cárcel pensemos que a cambio de las dos hectáreas que se “liberan” para edificar vivienda en Martutene se ocupan 15 hectáreas en Eskuzaitzeta. Es increíble que el estudio de impacto ambiental acepte que este planteamiento pueda ser medianamente sostenible. Una vergüenza.

         c)          Pero lo más increíble es quizá la manipulación de objetivos y criterios que supone esta propuesta. Efectivamente la priorización de la ocupación de la malla urbana, dentro del objetivo de racionalización en el consumo del suelo, conlleva la propuesta de recuperar para el uso de vivienda ciertos equipamientos que, siendo grandes consumidores de suelo, debido al crecimiento y expansión del suelo urbano han quedado engullidos por la malla urbana. Así se evita la ocupación del medio-rural-natural, desde el punto de vista del Avance. Sin embargo, la perversión del argumento se produce al descubrir que los citados equipamientos son expulsados a dónde y a un monte de Zubieta, medio-rural-natural por excelencia y que sigue preservando el poco medio natural no urbanizado que a Donostia le queda. Esta propuesta significa que el objetivo antes expresado ha sido vulnerado y el criterio desatendido, pues su cumplimiento aparente (se edifica vivienda en la malla urbana) conlleva su propia vulneración, pues se urbanizarán 85 hectáreas del suelo-rural-natural de más valor que le queda a la ciudad.

Es decir, la segunda decisión (lugar de traslado) no responde a los hechos determinantes que provocan la primera decisión (evitar la ocupación de nuevos suelos) sino que claramente los contradice.

Eskuzaitzeta no puede acoger 85 hectáreas de equipamientos y es gravísimo que el estudio de impacto ambiental no diga que los impactos que genera son tan críticos que lo hacen inviable. Además no se valora realmente la existencia de motivos de protección; no hay más que pensar en que se halla colindante con el área protegida de Atxulondo-Abalotz.

–   Volviendo al principio de la cuestión, queremos un debate sobre los criterios de territorialización de equipamientos e instalaciones, no propuestas que solo benefician con claridad a los propietarios del suelo.

  • Espacios libres y equipamientos: falta de criterios y otras ausencias.

1.- Lo primero que llama la atención en materia de equipamiento es la ausencia de un documento de diagnóstico al respecto. Efectivamente existen diez documentos de diagnóstico de las diferentes áreas –ámbito supramunipal, suelo no urbanizable, medio natural y usos agrícolas, actividades económicas, vivienda, servicios movilidad, aspectos financieros y resumen general. Sin embargo no hay un análisis de la situación de los equipamientos en el momento actual, su grado de cumplimiento del estándar legal, la intensidad de uso, el grado de satisfacción de la población, las principales carencias y su identificación en el territorio, entre otras cosas.

Como decimos llama la atención que se recoja el estado exacto de la red de telefonía, por poner un ejemplo, y no se valore el nivel de servicio de los equipamientos deportivos, o culturales, o sociales, o de enseñanza, en fin, de los equipamientos que además legalmente están sujetos a unas medidas de superficie en función de la población y que son fácilmente medibles.

Este hecho que supone un grave déficit del documento de avance hace además cuestionable la teoría de que los equipamientos previstos para los nuevos desarrollos servirán para reconsiderar y dar respuesta a las carencias existentes en las partes consolidadas. Y nos preguntamos:

+ ¿Cómo? si no sabemos cuáles son esas carencias.

+ ¿Cómo? Si hay kilómetros de distancia y barreras territoriales insalvables.

+ ¿Cómo? Si hay equipamientos cuya cercanía con la vivienda es imprescindible.

– Resulta imprescindible conocer con exactitud el diagnóstico de los equipamientos de la ciudad, en general  y en cada barrio, para poder plantear una actuación seria a este nivel. Mientras tanto el Avance carece de base para realizar un planteamiento atendible a nivel de equipamientos.

2.- En segundo lugar se echa igualmente de menos un planteamiento moderno de cuantificación de espacios libres. Todo el análisis del Avance se reduce a contrastar los espacios previstos en el PG 95 y los que ahora se añadirán a la luz del estándar previsto en el Reglamento de Planeamiento. Es decir, estamos hablando de un estándar de espacios libres, o sea de esparcimiento del ciudadano, que se estableció en 1.978, hace 30 años, por lo tanto.

–  Consideramos que, en la medida en que es indicativo de la calidad de vida, del nivel del sistema de ocio y esparcimiento de la ciudad, va siendo hora de que se cuestione y, en un Plan General que desplegará sus efectos en pleno siglo veintiuno, que se aspire a  algo más que a justificar el estándar establecido hace treinta años.

3.- Así mismo ha llegado la hora de poner de manifiesto otra deficiencia en el planteamiento y ordenación de los espacios libres: el espacio libre viene siendo históricamente el espacio residual no ocupado por la edificación. De esa manera no se ordena ni se planifica. Como dice el Avance la calle puede ser el espacio libre por excelencia, pero siempre que se ordene. En definitiva, ha llegado la hora de plantear que las ordenaciones tienen que partir del planteamiento previo del espacio libre del área: qué se va a ubicar en el mismo, qué funcionamiento se quiera que tenga (peatonal en parte, o no) qué otros equipamientos ha de incluir o a cuáles debe dar paso.

– Planteamos como criterio que las operaciones de nueva edificación partan de ordenar el espacio público con sus propios objetivos y funciones, de manera que sea el mismo quien condicione la ordenación del aprovechamiento privado y no al revés. Bien entendido que siempre habrá de ser una combinación de ambos aspectos la que ofrezca la resultante final, lo que se busca es priorizar al máximo los usos públicos como medio para humanizar la ciudad, acentuar la función de lugar de convivencia y permitir la integración de los equipamientos en la zona más habitable.

Las modificaciones puntuales par resolver los problemas inmediatos.

La pretensión de tramitar el planeamiento correspondiente a ciertas áreas a través de la fórmula de la modificación puntual debiera limitarse a aquéllas que sean desarrollo del Plan General del 95, de su modelo de ordenación y estructura general. Es decir, que la utilización de esta “vía rápida” debiera ser excepcional y estar muy justificada y no constituirse en una vía de escape para ejecutar por la vía de hecho las propuestas del nuevo Plan, mientras la revisión del mismo sigue siendo objeto de debate.

Por remitirnos al problema más candente, el de la vivienda, hay 8.270 viviendas del anterior Plan General sin ejecutar, de las cuales 3.009 serían de protección oficial. A ello se sumarían 439.007 m2 de aprovechamiento para usos industriales y 287.177 m2 para terciarios pendientes de ejecución, a fecha de redacción del Avance.

Todo ello sumado a que las modificaciones del anterior PGOU alcanzan los 22 expedientes, nos hace pensar en un Plan General que ya ha sido lo suficientemente adaptado como para que al finalizar su vigencia sea culminado en sus propuestas o sustituido.

–  No cabe más modificaciones pues podrían suponer sustraer del debate la verdadera revisión de criterios del planeamiento general fuera del procedimiento legalmente establecido. 

     – Además en gran parte de los casos se habla de reconsideración de los barrios en su integridad gracias al planteamiento de nuevas operaciones. En consecuencia estas nuevas operaciones tienen en la práctica un ámbito muy superior al suelo que acoge los nuevos aprovechamientos y su único trámite procedimental válido es la revisión, pues es quien se refiere a la integridad del barrio afectado y de todo el municipio.

Además, como se expresa en el propio E.C.I.A. la envergadura de ciertas actuaciones justifica su consideración global como nuevos desarrollos, pese a que traigan antecedentes del anterior PG.

Suelo rural, medio natural y usos agrícolas.

Las únicas explotaciones agrícolas que se tienen en cuenta son aquéllas que se hallan debidamente legalizadas y tienen las características para considerarse medio de vida de su titular. Se echa de menos que no se valore cuantitativa y cualitativamente las pequeñas explotaciones familiares que, aunque no supongan un puesto de trabajo completo, son una fuente de productos autóctonos de alta calidad, cada vez más apreciada, además de ser en un importante porcentaje de cultivo biológico.

Por otro lado se ha perdido una gran oportunidad de aplicar criterios de sostenibilidad reales en este campo. Una verdadera apuesta por la preservación del valor agrícola de los suelos hubiera supuesto, por ejemplo, atreverse a fijar un estándar de uso agrícola en función de la población del municipio. Al fin y al cabo, el uso agrícola está íntimamente ligado a la función de alimentación de la población y hay que ser consciente de que la disminución de suelo destinado a usos agrícolas es uno de los elementos que provoca el crecimiento exponencial del tráfico de mercancías por carretera.

Siendo la disminución del transporte y la movilidad obligatorias uno de los objetivos que persigue la estrategia del desarrollo sostenible lo coherente sería saber cuál es el objetivo a perseguir desde el prisma de los suelos destinados a usos agrícolas y el diagnóstico de si a día de hoy existe una situación equilibrada de producción y demanda o si somos deficitarios. Así, tendríamos un parámetro real para valorar si podemos permitirnos el lujo de artificializar grandes superficies de suelos agrícolas, como la Vega de Martutene o Auditz-Akular-Landarro, o no.

Sólo con este tipo de indicadores reales puede decirse si el plan es sostenible o no.

La Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental.

La primera impresión que se obtiene de la lectura del ECIA es la falta de rigor en la evaluación de afecciones de algunas propuestas. No se transmiten a través del documento –y por lo tanto no se han sometido a información pública- los valores que se han detectado en el suelo rural afectado por las propuestas que a él se refieren.

– Los ciudadanos tenemos que hacer un acto de fe y creernos, porque lo dicen los firmantes,  que “no existen valores específicos que justifiquen su preservación”, y otras afirmaciones de ese tipo, porque no se dan datos sobre los análisis que se hayan podido realizar (si los ha habido) para que podamos opinar. De hecho un estudio independiente sobre el medio físico de una de las áreas afectadas ha detectado la presencia de una especie protegida por la Directiva europea de Hábitats y el ECIA no realiza mención alguna.

Por otro lado, la falta de análisis en profundidad es especialmente grave en los tres casos de ocupación masiva del medio natural-rural: Eskuzaitzeta en Usurbil, Auditz-Akular-Landarro en Altza y Antondegi en Martutene, puesto que además estamos ante grandes bolsas de suelo virgen que entre las tres acogen, o soportan el peso de acoger, más de la mitad del número de viviendas previsto por el Plan General.

Hay que tener en cuenta que también ha de ser objeto del ECIA el detallar qué actuaciones se han suprimido o modificado por suponer un impacto crítico. Sin embargo, en este ECIA todos los impactos son asumibles. La imagen que se obtiene es más bien que se trata de pasar el trámite vistiendo como sea el conjunto de decisiones que ya se habían adoptado mucho antes de valorar los aspectos de impacto ambiental; pensemos que Auditz-Akular-Landarro, por ejemplo, se pergeñó antes de 1.999, sin ninguna componente de sostenibilidad, no cabe duda. Y otro tanto es predicable de Zubieta y Martutene.

  • Proponemos, con apoyo en la recomendación que realizan los organismos oficiales, que se realice un nuevo análisis con un equipo externo independiente que:
  • valore el sistema de objetivos y la coherencia de éstos con el diagnóstico,
  • identifique y cuantifique los recursos naturales afectados,
  • identifique los efectos indirectos, acumulativos y sinérgicos,
  • determine las actuaciones que se sitúan fuera del umbral aceptable.

Finalmente, vamos a resumir los indicadores que niegan el carácter de  sostenibilidad a este Avance:

  1. en conjunto estamos ante la recalificación de, solo en tres actuaciones, más de 300 Hectáreas de suelo natural-rural,
  2. desaparición de la mixtura de usos existentes,
  3. falta de consideración de las explotaciones agrarias prioritarias en la línea de preservación de usos agrícolas,
  4. el medio ambiente s un obstáculo a vencer, a soslayar, pero sin que suponga un condicionante real de las propuestas.
  5. falta de definición de objetivos de cara al suelo rural en el ECIA,
  6. ciudad fuertemente discriminatoria: los derechos ciudadanos de los habitantes de muchos barrios siguen anclados en la escasez de espacios y equipamientos mientras sus suelos son planificados de manera instrumental en función de los intereses de la ciudad de lujo.

El Plan General de 1995: una visión crítica.

No compartimos la visión triunfalista de los redactores del Avance sobre los efectos del anterior Plan General. El hecho es especialmente grave si se tiene en cuenta que parte del equipo redactor es el de entonces y que es flagrante la falta de humildad y espíritu crítico para con un documento que, por mencionar unos pocos aspectos:

  • Se halla en gran parte sin ejecutar; no volvemos sobre las cifras para no aburrir pero es cuando menos cuestionable su bondad desde el punto de vista de la gestión urbanística.
  • Ha sido objeto de 30 expediente de modificación; se quiere vestir como si de su propio carácter dinámico se tratara pero probablemente encierra grandes imprevisiones.
  • Su estudio económico-financiero tiene muy poco que ver son la realidad; fijándonos sólo en las operaciones realizadas, o las valoraciones eran totalmente erróneas o la capacidad de negociación posterior ha quedado en entredicho.
  • Nos deja perlas de ordenación y ocupación del suelo, como Añorga-Txiki o Zubietako Zabalpena, todavía ejecutándose en la actualidad (alguna de ellas con importante participación de algún miembro del equipo redactor) que carecen de sentido alguno por ser dolorosamente contradictorias a la doctrina que se predica.
  • En fin que ha permitido que Donostia se convierta, en los últimos 10 años, en la segunda ciudad con vivienda más cara de Europa. O por lo menos no ha hecho nada por evitarlo.

Parece, pues, que un importante ejercicio de humildad no vendría mal. De paso podría dejar de repetirse que tal o cual tendencia, referida al traslado de equipamientos por poner solo un ejemplo, no es nueva en Donosti, que ha sido utilizada históricamente y que no ha tenido malas consecuencias. Quizás se necesite huir de las malas, aunque viejas, costumbres para no cometer los mismos viejos errores. No hay más que dar un paseo por Altza, por ejemplo, para saber de qué hablamos.

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